Redacción. El Ayuntamiento de Sevilla, a través del Servicio de Licencias e Inspección Urbanística de la Gerencia de Urbanismo y Medio Ambiente, ha ordenado la «inmediata paralización» de las obras «sin licencia o autorización» que se acometen en el establecimiento comercial de la calle Sierpes número 68 y, conforme a los criterios de protección que establece la Comisión de Patrimonio Histórico de la Junta de Andalucía, se establece un plazo de 10 días para el inicio y 20 para su plena ejecución de la «restitución de la realidad alterada en los elementos patrimonialmente protegidos de su fachada».
En la resolución de Urbanismo, «se apercibe al interesado de que, en caso de desobediencia, además de sucesivas multas coercitivas que se establezcan, se dará traslado del incumplimiento al Ministerio Fiscal a efectos de exigencia de responsabilidad y se podría imponer una multa de hasta 120.000 euros».
El Consistorio ha explicado que tras la inspección se ha constatado que en el local en cuestión se estaban «realizando obras en su fachada», decorada con mármoles policromos y remates de bronce, «que no se correspondían con el contenido de la Declaración Responsable presentada el 29 de julio y que se limitaba a actuaciones menores exclusivamente en el interior del establecimiento para adecuarlo a su nuevo uso comercial».
Multa
En este caso, la inspección de Urbanismo, que sucede a la que el pasado viernes realizó la Policía Local de Sevilla, según indica el Consistorio, «verifica que la fachada ha sido pintada de color claro y los rótulos publicitarios originales protegidos han sido eliminados». Así, ha señalado que «sobre el interior no ha sido posible realizar inspección, al estar el local cerrado».
Del mismo modo, ha informado que «la desobediencia en la paralización o suspensión supondrá la imposición de sucesivas multas equivalentes a un 10 por ciento del valor de las obras ejecutadas y, en todo caso, de un mínimo de 600 euros y un máximo de 5.000 euros por periodos de 10 días».
Asimismo, «se apercibe al interesado de que el incumplimiento de las medidas adoptadas por Urbanismo supondría una infracción urbanística calificada como muy grave y dar lugar a una sanción de hasta 120.000 euros. La orden de paralización implica, además, que las empresas de suministros deberán suspender en el plazo de cinco días el suministro a este local, bajo amenaza también de sanciones coercitivas como mínimo de 600 euros y máximo de 5.000 por periodos de 10 días consecutivos».
«Todo este proceso abierto al establecimiento comercial no es incompatible con otro sancionador, independientemente de las multas coercitivas recogidas en la resolución de Urbanismo», ha concluido el Ayuntamiento.