22 noviembre 2024
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Inspección urbanística en Dos Hermanas

Dos Hermanas
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Redacción. La nueva ley LISTA, que otorga potestad la Junta para intervenir, fija reducciones de las multas de hasta el 50% por reponer el daño

El servicio de inspección de la Dirección General de Ordenación del Territorio de la Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda, que dirige Marifrán Carazo, está registrando un aumento de la reposición voluntaria de los daños causados en reparcelaciones ilegales como consecuencia de la entrada en vigor de la nueva Ley de Impulso de Sostenibilidad del Territorio de Andalucía (LISTA) que posibilita la rápida actuación de la inspección al tener ahora la Junta competencias directas y que considera un atenuante la reparación voluntaria y espontánea del daño causado, estableciendo reducciones en la sanción final de hasta un 50 por ciento.

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Un ejemplo de ello se ha registrado en Dos Hermanas (Sevilla), donde el equipo de inspección de la Dirección General de Ordenación del Territorio, acompañado de Agentes de la Policía Autonómica, han constatado la retirada voluntaria de la casa prefabricada instalada en una de las dos grandes subparcelas en que se divide la parcelación urbanística colindante con la línea del tren y que había sido precintada el pasado mes de noviembre por los inspectores de la Junta tras certificarse que en dicha parcela se estaban ejecutando obras de urbanización, dotación de agua, suministro eléctrico y división en 91 lotes de forma irregular.

Gracias a la rápida actuación de la inspección, posibilitada por la competencia directa que la nueva Ley de Impulso de Sostenibilidad del Territorio de Andalucía atribuye a la Junta en materia de parcelaciones ilegales, la Consejería ha podido frenar en seco el nuevo proceso parcelatorio detectado en suelo rústico nazareno. Incluso, como actuaciones previas, se recabó información de distintas notarías, habiendo identificado a unos 50 posibles compradores.

La nueva Ley 7/2021, de 1 de diciembre, la LISTA, califica la parcelación urbanística como infracción territorial muy grave y prevé en su artículo 162 multas de entre 20.000 y 130.000 euros salvo que el importe del valor de las obras ejecutadas o de los terrenos afectados o de los daños causados a los bienes protegidos sea superior, en cuyo caso, la multa podrá alcanzar hasta el 150 por ciento de dichos valores.

Además, la LISTA, en caso de parcelaciones sin título habilitante, prevé la responsabilidad no solo de la persona propietaria inicial de los terrenos (figura del parcelador, que se lucra vendiendo cuotas de suelo rústico con finalidad urbanística), sino también quienes, en el ejercicio de sus profesiones, cooperen con un acto sin el cual no se habría efectuado, así como los adquirentes, en proporción a la asignación de uso, cuota o participación adquirida. Por tanto, la Consejería advierte del riesgo de participar en procesos de parcelación urbanística en suelo rústico.

Venta de casas prefabricadas

Además, la entrada en vigor de la LISTA ha supuesto un nuevo tipo infractor, de carácter leve, dirigido contra las empresas comercializadoras de casas prefabricadas susceptibles de albergar un uso residencial cuando las mismas vendan, alquilen o cedan el uso de las mismas a clientes o adquirentes sin que se haya acreditado previamente la obtención de la licencia urbanística correspondiente para la implantación de esas casas. La Junta de Andalucía ya está realizando las primeras acciones inspectoras en pro de la aplicación de este nuevo tipo infractor.

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