Redacción. El Ayuntamiento de Sevilla, a través de la Empresa Municipal de Vivienda y Suelo (Emvisesa), ha tramitado 752 solicitudes de ayuda al alquiler para inquilinos con pocos recursos por un importe estimado de 770.000 euros a través de la convocatoria de la Consejería de Fomento, de la que Emvisesa forma parte como entidad colaboradora. De estas ayudas, correspondientes a la convocatoria de 2017, 553 solicitudes son de inquilinos de viviendas municipales, que podrían acceder a 400.000 euros de ayudas, ya que 414 de las mismas cumplen todos los requisitos y se encuentran, por tanto, en el listado provisional de beneficiarios y suplentes.
La Consejería de Fomento ya ha publicado el listado de personas beneficiarias y suplentes, al que se puede acceder a través de la página web de Emvisesa. De acuerdo con estos listados, el 75% de las solicitudes tramitadas por Emvisesa para sus inquilinos cumplen con todos los requisitos para ser adjudicatarias.
Así, 335 inquilinos de viviendas de Emvisesa están incluidos en el listado de beneficiarios provisionales con ayudas por un importe de 310.810 euros, mientras que otros 79 cumplen con todos los requisitos y forman parte de la lista de suplentes por un importe de 88.741 euros.
Finalmente existen 54 inquilinos de viviendas de Emvisesa que cumplen los requisitos pero superan la Cuantía del Límite de Ingresos de la Unidad de Convivencia (CLIUC), por lo que sólo recibirán ayudas valoradas en 55.000 euros si el crédito dispuesto por el Programa de Ayudas les alcanzase. En tal caso, las ayudas tramitadas por Emvisesa para inquilinos de viviendas municipales superarían los 450.000 euros.
La participación de Emvisesa en este programa de ayudas al alquiler para rentas bajas forma parte de la estrategia de función social de Emvisesa desarrollada durante este mandato y de los objetivos determinados para la Oficina Municipal por el Derecho a la Vivienda Digna.
El próximo lunes 17 de septiembre finaliza el plazo para que beneficiarios, suplentes, desfavorables, renuncias y desistidos puedan presentar una instancia general en el Registro de la Plaza de San Andrés (o cualquier otro lugar dispuesto en la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas), aportando las alegaciones oportunas y/o la documentación requerida por la Consejería en los listados provisionales.