18 noviembre 2024
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El distrito San Pablo-Santa Justa aprueba una convocatoria de  ayudas

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Redacción. El Ayuntamiento de Sevilla, a través del Distrito San Pablo-Santa Justa, ha abierto el plazo para la presentación de solicitudes correspondiente con la convocatoria pública para la concesión de subvenciones destinadas a la financiación de los gastos de funcionamiento de entidades y asociaciones de esta zona de la ciudad. En total, el Distrito San Pablo-Santa Justa destina un presupuesto de 30.000 euros a esta convocatoria correspondiente a 2020.

La convocatoria para la concesión de subvenciones destinadas a la financiación de los gastos de funcionamiento de entidades y asociaciones del Distrito San Pablo-Santa Justa ha sido ya publicada en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP), por lo que el plazo de presentación de solicitudes permanecerá abierto hasta el próximo 11 de noviembre, inclusive.

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El delegado del Distrito San Pablo-Santa Justa, Francisco Javier Páez, ha destacado que con la publicación de esta convocatoria, “se pone en marcha una iniciativa que pretende contribuir al desarrollo de la actividad de estas organizaciones sin ánimo de lucro en esta zona de la ciudad y fomentar, así, el asociacionismo y la participación ciudadana en las mismas”. “

 

Esta convocatoria está dirigida, de conformidad con la regulación contenida en el Reglamento de Participación Ciudadana y en el Reglamento Orgánico de las Juntas Municipales de Distrito del Ayuntamiento de Sevilla, a asociaciones y entidades ciudadanas con domicilio social en el ámbito territorial del Distrito San Pablo-Santa Justa sin ánimo de lucro, que tengan por objeto la defensa de los intereses generales o sectoriales de los vecinos de Sevilla, y cuyos fines no sean exclusivamente de carácter político, sindical, mercantil o religioso.

 

La presente convocatoria está destinada a financiar gastos de funcionamiento de las entidades como la conservación de locales sociales; el alquiler de locales donde se desarrolle la actividad de la asociación; o tareas de mantenimiento necesarias para poder efectuar dichas actividades. Igualmente, podrán ser considerados como tales gastos de luz, teléfono, internet material de oficina, agua y limpieza que ya hayan sido realizados o que estén por desarrollarse durante el año 2020. En términos generales, se pueden financiar gastos referentes a trabajos de mantenimiento necesarios para el normal funcionamiento de la entidad.

Las subvenciones que se otorguen serán compatibles con otras ayudas, ingresos o recursos que para la misma finalidad puedan conceder otras entidades públicas o privadas.

Entre los requisitos que deben cumplir estas entidades para optar a estas ayudas están los de tener personalidad jurídica y capacidad de obrar y hallarse debidamente inscrita en el registro correspondiente; hallarse al corriente en el pago de las obligaciones tributarias y fiscales frente al Ayuntamiento de Sevilla y la Agencia Estatal de Administración Tributaria, así como con la Seguridad Social, impuestas por la normativa vigente; estar inscritas en el Registro Municipal de Entidades Ciudadanas del Ayuntamiento de Sevilla; tener objetivos y finalidades coincidentes con los de esta convocatoria; hallarse al corriente en el pago de obligaciones por reintegro de subvenciones concedidas por el Ayuntamiento de Sevilla; y haber justificado cualquier subvención concedida anteriormente por el Ayuntamiento de Sevilla una vez agotado el plazo para hacerlo. Podrá denegarse el otorgamiento de subvención a aquellas entidades que no garanticen un funcionamiento democrático, la participación de sus asociados y el cumplimiento de su objetivo social.

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