21 noviembre 2024
Hospital Sagrado Corazón

Conceden la Protección Nacional Transitoria a las IGP Aceituna Manzanilla y Aceituna Gordal de Sevilla

Aceituna Gordal de Sevilla. / Foto: www.aceitunasevillana.com
Facebook
Twitter
LinkedIn
WhatsApp
Email
Print
Aceituna Gordal de Sevilla. / Foto: www.aceitunasevillana.com

SBN. El Boletín Oficial del Estado ha publicado la Orden de la Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural, por la que se concede la Protección Nacional Transitoria prevista en el artículo 9 del Reglamento (UE) n.º 1151/2012, de 21 de noviembre a la Indicación Geográfica Protegida ‘Aceituna Manzanilla de Sevilla’ / ‘Aceituna Manzanilla Sevillana’ y a la Indicación Geográfica Protegida ‘Aceituna Gordal de Sevilla’ / ‘Aceituna Gordal Sevillana’.

La protección tiene efectos desde la fecha en que se presentaron las solicitudes a la Comisión Europea y cesará a partir de la fecha en que la Comisión Europea adopte una decisión sobre su inscripción en el registro o en que se retiren las solicitudes.

Prodetur Diputación de Sevilla

La ‘Aceituna Manzanilla de Sevilla’ / ‘Aceituna Manzanilla Sevillana’ es la aceituna verde de mesa de la variedad Manzanilla Sevillana o de Sevilla aderezada de la forma tradicional de la zona geográfica, mientras que la ‘Aceituna Gordal de Sevilla’ / ‘Aceituna Gordal Sevillana’ es la aceituna verde de mesa de la variedad Gordal Sevillana o de Sevilla (Olea europaea regalis, Clemente) aderezada de la forma tradicional de la zona geográfica.

Ambas tienen unas características propias que se deben exclusivamente a la variedad y a la elaboración al “estilo sevillano”, originario de la zona de producción y transformación.

Así, la ‘Aceituna Manzanilla de Sevilla’ / ‘Aceituna Manzanilla Sevillana’ se caracteriza por la forma esférica y simétrica de sus frutos, hueso pequeño fácilmente desprendible y muy buena relación pulpa/hueso, estableciéndose el calibre entre 141/160 y 321/350 frutos/kg. Por su parte, la ‘Aceituna Gordal de Sevilla’ / ‘Aceituna Gordal Sevillana’ se caracteriza por el gran tamaño de sus frutos, estableciéndose el calibre entre 60/70 y 121/140 frutos/kg. Otras características son el elevado peso, la forma ovoidal y asimétrica, y la alta relación pulpa/hueso.

En BOE recoge que contra esta resolución, que agota la vía administrativa, las personas interesadas pueden interponer recurso de reposición ante la persona titular de la Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural, en el plazo de un mes.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Prodetur Diputación de Sevilla
Clínica Santa Isabel
Hospital Ramón y Cajal

Notas de prensa

Sevilla Buenas Noticias

Sucríbase a nuestro periódico