20 noviembre 2024
Hospital Sagrado Corazón

El SAS pagará casi 108.000 euros a una mujer por infecciones tras el parto

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Fermín Cabanillas. El Servicio Andaluz de Salud tendrá que pagar 107.994’52 euros a una mujer a la que se tuvo que extirpar el útero tras una infección que sufrió durante el parto, realizado por cesárea.

El bufete sevillano López Nieto Abogados se ha encargado de la defensa de esta mujer, que sufrió una infección por falta de administración de antibióticos. Vive junto a su marido entre las provincias de Sevilla y Córdoba, dio a luz en el hospital Reina Sofia cordobés sin complicaciones aparentes tras la cesárea, aunque tuvo que ingresar días después por la infección que sufrió, sin quedar acreditado si se le administran correctamente los antibióticos que precisaba.

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La sentencia inicial procedía de la sección primera del juzgado número 10 de Sevilla, y fue ratificada por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), y se refiere a la infección de origen nosocomial -hospitalaria- sufrida por la mujer, al quedar acreditado que no se adoptaron las medidas adecuadas para mantener sus instalaciones “en las condiciones de asepsia exigibles y las medidas habituales de prevención”.

Sentencia

En este caso, constaba que se preparó la medicación necesaria de “profilaxis antibiótica”, aunque la misma no excluye el riesgo de infección, señalando el hecho de que, el que se adopten todas las medidas necesarias exigibles, “no garantiza que ésta no pueda producirse”.

En el proceso declararon tres testigos, todos facultativos, que no pudieron confirmar que la profilaxis antibiótica se realizase, mientras que un cuarto médico afirmó que en este caso también se hizo esa profilaxis “porque siempre se hace”, aunque “parece que se trata de un acto de fe, pues el testigo no aporta razón de conocimiento de la afirmación que sostiene”.

Con todo, solo consta que “la medicación necesaria”, y la infección que sufrió la mujer le provocó la extirpación del útero, además de que la cicatriz producida en la segunda operación no es la misma que en la cesárea, por lo que se acreditó también daño estético.

La sentencia condena al Servicio Andaluz de Salud al pago de 107.994’52 euros “por todos los perjuicios” sufridos, que se eleva a 10.000 más por las costas del proceso.

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