18 noviembre 2024
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Se abre el plazo para solicitar las nuevas ayudas a los autónomos sevillanos

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Se podrán beneficiar 4.040 trabajadores sevillanos por cuenta propia.

Redacción. La Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo, abre mañana el plazo para solicitar las nuevas ayudas destinadas a los trabajadores autónomos recogida en el Programa de Estímulo a la creación y consolidación del Trabajo Autónomo en Andalucía, un paquete de incentivos que va a suponer una inversión de 28,6 millones de euros en los próximos tres años y que está previsto que beneficie a alrededor de 24.000 trabajadores por cuenta propia de Andalucía. En el caso de la provincia de Sevilla, la cuantía es de algo más de 4.8 millones de los que se podrán beneficiar 4.040 trabajadores por cuenta propia.

Las solicitudes pueden presentarse desde mañana y hasta el 30 de septiembre de 2021, y se establecen varios plazos en función del colectivo beneficiario. En el caso de las mujeres trabajadoras autónomas residentes en municipios de menos de 5.000 habitantes y los autónomos menores de 30 años, el plazo de presentación es de dos meses desde la fecha en que resulte beneficiarios de las ayudas estatales. Con carácter extraordinario, para estos colectivos se establece un plazo de dos meses desde mañana para lo que son beneficiarios de las ayudas estatales desde el 1 de enero de 2019.

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En el caso de las mujeres trabajadoras autónomas que han cesado su actividad por nacimiento de hijo, adopción, guarda con fines de adopción, acogimiento y tutela, las ayudas pueden solicitarse durante los dos últimos meses de disfrute de la reducción estatal. En el resto de los casos, tienen de plazo los dos últimos meses de disfrute de la reducción y hasta el último día del mes siguiente.

Las solicitudes y la documentación anexa de las subvenciones se presentarán única y exclusivamente de forma telemática en el formulario de solicitud normalizado que estará disponible. 

Las nuevas líneas de ayudas tienen por objeto cubrir los costes de las cuotas de cotización a la Seguridad Social de los autónomos, extendiendo la tarifa plana estatal a dos años, de modo que se reduzca la carga de gastos en los estados iniciales de la actividad de estos trabajadores.

Estos incentivos van dirigidos a todos los trabajadores autónomos, con residencia y domicilio fiscal en Andalucía, que estén dados de alta en el RETA y acogidos a la tarifa plana estatal, y distingue a distintos colectivos. En primer lugar, para los nuevos autónomos que se hayan dado de alta en Andalucía, se establece una extensión de la cuota reducida de 60 euros estatal durante el segundo año de actividad, tras el período de disfrute de la misma (que abarca los primeros doce meses). De esta manera, en Andalucía los nuevos autónomos solo tienen que asumir 60 euros en los primeros 24 meses de actividad en total.

En segundo lugar, para las mujeres trabajadoras autónomas residentes en municipios de menos de 5.000 habitantes, se establece una cuota de 30 euros mensuales durante el primer año, en lugar de los 60 euros que fijan las ayudas estatales para nuevos autónomos, y una extensión de esta cuota superreducida de 30 euros durante el segundo año. En tercer lugar, en el caso nuevos autónomos menores de 30 años, se establece una cuota de 30 euros mensuales durante el primer año, en lugar de los 60 que fijan las ayudas estatales, además de una extensión de esta cuota superreducida de 30 euros durante el segundo año.

En cuarto lugar, para las mujeres trabajadoras autónomas que han cesado su actividad por nacimiento de hijo, adopción, guarda con fines de adopción, acogimiento y tutela, las ayudas de esta orden le permitirán beneficiarse de una extensión de la cuota reducida de 60 euros estatal durante todo el segundo año tras su reincorporación, en lugar de la cuota completa. Finalmente, en el caso de los trabajadores autónomos agrarios que están acogidos a la cuota de 50 euros estatal durante el primer año, las ayudas les permitirán prolongar un año más esta reducción.

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