27 julio 2024
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La antigua comisaría de la Gavidia, más cerca de ser una gran superficie comercial

Se han establecido siete criterios para la elaboración de los pliegos.

Redacción. La Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Sevilla ha acordado hoy iniciar el expediente para la elaboración de los pliegos de condiciones para la enajenación del edificio de la antigua comisaría de la Gavidia de acuerdo con un total de siete criterios y planteamientos básicos. El objetivo es que los pliegos se puedan publicar en el mismo momento en el que entre en vigor la modificación del PGOU aprobada inicialmente por el Pleno el pasado mes de diciembre que supone el cambio de calificación urbanística del inmueble de gran superficie minorista a servicios terciarios.

El edificio de la Gavidia es un bien inscrito en el inventario del Ayuntamiento de Sevilla. Por tanto correspondía a la Junta de Gobierno quien encomendar formalmente a la Gerencia de Urbanismo la elaboración de los pliegos de condiciones para la enajenación. De hecho, en este mismo órgano municipal se han aprobado ya hasta tres expedientes en relación con el futuro del inmueble. En noviembre de 2007 se acordó encomendar a la Gerencia de Urbanismo iniciar los trámites para elaborar los pliegos de condiciones para la concesión administrativa de la Gavidia en un concurso que finalmente quedó desierto. Cinco años después, en diciembre de 2011, la Junta de Gobierno acordó iniciar el procedimiento de modificación del PGOU para que la Gavidia fuera una Gran Superficie Comercial. Y, por último, en julio de 2012, la Junta de Gobierno Local acordó encomendar a la Gerencia de Urbanismo la elaboración de los pliegos para la enajenación de la Gavidia y convertirla en una Gran Superficie Comercial.

En consecuencia, una vez aprobada inicialmente en el mes de diciembre de 2018 la modificación del PGOU para calificar la Gavidia como uso terciario, y con el objeto de preparar adecuadamente la licitación de este inmueble, procede iniciar este nuevo expediente para establecer los criterios que deberán tenerse en cuenta en la redacción de los pliegos administrativos que deberán regir la licitación.

La propuesta de calificación de la Gavidia como uso terciario supone que se pueden desarrollar proyectos tales como equipamientos, pequeños y medianos comercios, hoteles, oficinas, o usos recreativos y de espectáculos públicos. Esta calificación permite además que haya un proyecto principal y un uso coadyuvante con un límite del 20% de la edificabilidad del uso principal.

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Con esta base, el acuerdo de la Junta de Gobierno Local encomienda a la Gerencia de Urbanismo que los pliegos contemplen una pluralidad de criterios para la selección del adjudicatario, unos matemáticos, y otros sometidos a juicio de valor, evitando por tanto una mera subasta del inmueble, y primando el uso de equipamiento y la cesión de espacios polivalentes, entre otros.

Los criterios que se deberán puntuar en los pliegos de condiciones son los siguientes:

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1. Calidad arquitectónica del Proyecto Básico y de las soluciones propuestas en el mismo, respecto a la mejor integración y puesta en valor de la edificación en su entorno, así como su incidencia en los espacios públicos vinculados.

2. Sostenibilidad de la propuesta arquitectónica. Se valorarán las propuestas que, respetando los valores patrimoniales del edificio, incorporen criterios de sostenibilidad ecológica en el diseño y empleo de materiales y soluciones constructivas, fuentes de energía renovables así como medidas de ahorro susceptibles de mejorar la eficiencia energética, reducir las emisiones de gases de efecto invernadero e incidir de forma directa y positiva en la calificación energética del edificio.

3. Mejora en la oferta económica.

4. Usos propuestos por los licitadores de acuerdo con el PGOU. Dentro de todos los usos pormenorizados posibles con arreglo a la calificación de Servicios Terciarios, incluyendo los usos compatibles, se establecen como uso preferentes:

– Primero: Equipamientos y Servicios Públicos en cualquiera de sus clases.

– Segundo: El pliego de la licitación establecerá una prelación del resto de los usos pormenorizados y categorías posibles con arreglo a la citada calificación de Servicios Terciarios (hotelero, oficinas, comercial, etc).

5. Cesión de espacios polivalentes susceptibles de explotación independiente del edificio principal. Se valorará la cesión al Ayuntamiento de espacios para usos polivalentes susceptibles de acceso y utilización independiente.

6. Lugar de Memoria Democrática. En enero de 2019 se ha incoado por la Junta de Andalucía procedimiento para la inscripción del edificio en el Inventario de Lugares de Memoria Democrática de Andalucía, por lo que la intervención arquitectónica en el edificio deberá considerar este requisito y las obligaciones derivadas de tal inscripción. A este respecto, el pliego de la licitación establecerá los criterios para valorar las propuestas que mejor incorporen estos condicionantes al proyecto.

7. Reurbanización de espacios públicos vinculados al proyecto de edificación. En función de los usos propuestos, distribución de accesos y características constructivas del edificio proyectado, los ofertantes podrán justificar la conveniencia de vincular la rehabilitación del edificio a la reurbanización de los espacios públicos perimetrales y, en concreto, a la Plaza de la Concordia y las calles Las Cortes y Teniente Borges.

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