23 noviembre 2024
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Facilidades en el pago de la renta para los empresarios y autónomos de locales municipales en Sevilla

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Redacción. El Ayuntamiento, a través de Delegación de Hacienda y Administración Pública y de Patrimonio Municipal e Histórico y Artístico, ha aprobado nuevas facilidades para los titulares de arrendamientos y concesiones demaniales de locales y edificios municipales afectados por la crisis económica y laboral derivada de la pandemia de la COVID-19, con el objetivo de seguir ayudándoles para afrontar la pérdida de ingresos y, además, en el marco de las medidas fiscales recogidas en el acuerdo de reactivación de la ciudad que aprobó el Pleno por unanimidad el martes pasado.

Dos alternativas

En concreto, la Junta de Gobierno ha dado el visto bueno a suspender la emisión de los recibos de la renta de los contratos de arrendamiento y cánones de las concesiones administrativas de los locales municipales durante abril y mayo de 2020 y, asimismo, ofrece a los arrendatarios dos opciones entre las que pueden elegir una. Por un lado, no abonar los recibos correspondientes a los meses de abril y mayo o, por el otro, ampliar la fecha del fin de los contratos de arrendamiento.

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Si se decantan por esta última opción, podrían continuar explotando sus negocios durante un mes, que sería el correspondiente a abril, y 11 o 18 días del mes de mayo, dependiendo de la fecha en la que pudieran abrir sus negocios según las fases de desescalada que fueron establecidas por la Administración central, y, asimismo, se les eximiría del pago durante ese periodo de ampliación.

Los locales que estén destinados a la explotación como bar y que se les permitía abrir a partir del día 11 de mayo por tener terraza quedarían exentos del pago de renta de abril y desde el 1 al 11 de mayo de 2020. Para los casos de apertura interior, se pospuso el reinicio de actividad al 18 de mayo, de ahí que no tendrían que abonar la cuota de abril y del 1 al 18 de mayo, circunstancia que habrán de acreditar con una declaración responsable. Y para el resto de actividades, se eximirá de pagar abril y del día 1 al 11 de mayo de 2020.

En apoyo a empresarios y autónomos

“Se trata de una medida adicional para aportar liquidez a los empresarios y autónomos que desarrollan su actividad en locales municipales y que complementan otras facilidades que se fueron arbitrando desde el inicio del estado de alarma por la pandemia”, ha argumentado la delegada de Hacienda y Administración Pública, Sonia Gaya. “Es una iniciativa que se aprueba además para desarrollar el acuerdo plenario para la reactivación social, económica y laboral”, ha abundado.

A comienzos de abril pasado, el Ayuntamiento aprobó la primera fase de medidas de apoyo con la ampliación hasta el 30 de junio de 2020 del plazo para el abono de las cuotas de arrendamientos y concesiones demaniales con vencimientos en los meses de abril y mayo. A principios de junio, y teniendo en cuenta la prórroga del estado de alarma por la pandemia, se ampliaron de nuevo los plazos para el calendario de pago, y a finales de ese mismo mes se hacía lo propio hasta el día 17 de agosto de 2020

“La falta de ingresos durante el periodo del estado de alarma ha supuesto para muchos empresarios y autónomos sevillanos una incapacidad financiera para hacer frente al pago de sus obligaciones de renta, de ahí esta medida compensatoria que el gobierno de la ciudad acaba de aprobar”, ha concluido la delegada.

 

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